El concepto y la naturaleza legal de la exención del castigo
En virtud de la exención de la pena, es necesario entender la exención de una persona condenada por un delito como veredicto de culpabilidad de un tribunal en el acto del tribunal (amnistía, indulto) del nombramiento o la prestación total o parcial de la pena prescrita por el tribunal por los motivos previstos por el derecho penal si se reconoce que en la aplicación (otra aplicación) de la sanción penal está ausente (cuando los objetivos del castigo se alcanzan antes de lo previsto o no se puede lograr en relación con la enfermedad del convicto).
La persona que cometió el delito no rehabilita el castigo ni la exención de la responsabilidad penal , sino que es una forma de respuesta estatal al delito cometido, pero, a diferencia de la exención de responsabilidad penal, solo se aplica al convicto, solo por el tribunal (salvo la liberación del castigo en virtud de un acto de amnistía o indulto) y solo después de la entrada en vigor de la condena del tribunal.
El significado de la aplicación de la exención del castigo es excluir o minimizar, siempre que sea posible, las consecuencias adversas asociadas con el uso (servicio) del castigo. La existencia de la institución de exención del castigo y su aplicación real tienen por objeto estimular la corrección de los condenados, facilitar su resocialización con la ayuda de medidas menos intensivas y punitivas basadas en el principio de la represión penal y legal.
El Código Penal actual establece un sistema desarrollado de fundamentos (tipos) de exención del castigo, la mayoría de los cuales están contenidos en el Cap. I2 (Artículo 79-83) del Código Penal. Otros tipos de exención de castigo también se encuentran en otros capítulos del Código (artículos 73, 74, 84, 85, 92).
Cada tipo de exención del castigo tiene en su fundamento dos conjuntos de condiciones , algunas de las cuales son de naturaleza legal (formal), otras - reales (materiales). Las condiciones legales que se definen exhaustivamente en los artículos pertinentes del Código Penal se basan siempre en circunstancias específicas de la vida, sobre la base de las cuales el tribunal llega a la conclusión de que no es necesario aplicar una pena penal a la persona condenada. La base real para la exención de la sanción penal, manifestada de una forma u otra en la aplicación de sus diversos tipos, es la ausencia de la corte de aplicar sanciones penales al condenado.
La variedad de los tipos de exención previstos por el Código Penal hace necesario clasificarlos por diversos motivos.
Dependiendo de su contenido, es necesario distinguir entre la exención de:
- el nombramiento del castigo;
- servicio real del castigo designado;
- servir más de la parte restante (no cumplida) del castigo.
En cuanto a la naturaleza obligatoria del tribunal , los tipos de exención son obligatorios (su aplicación es un deber del tribunal) y opcionales (su aplicación depende de la discreción del tribunal).
Uno de los criterios más importantes para clasificar los tipos de exención del castigo es su subdivisión, dependiendo de si va acompañado de condiciones obligatorias para el comportamiento posterior del eximido. Según este criterio, las especies se dividen en condicionales, cuya aplicación está asociada a la designación de un período de prueba y ciertos requisitos para el comportamiento de los exentos e incondicionales, que no van acompañados de la imposición de ciertos deberes a la persona especificada. Condicional son la libertad condicional, el reemplazo de la parte no servida de la pena con una forma más leve de castigo y el aplazamiento del castigo en servicio (artículos 79, 80 y 82 del Código Penal). Incondicional - exención de la pena debido a cambios en la situación (artículo 80 1 del Código Penal), debido a enfermedad (artículo 81 del Código Penal) y debido a la expiración del plazo de prescripción (artículo 83 del Código Penal). Estos tipos de exención están regulados por las normas de Ch. 12 CC y se discuten en este capítulo del libro de texto.
Además de estos, otros capítulos del Código contienen (y por lo tanto se discuten en otros capítulos del libro de texto) incluso otros tipos de exención de castigo. Entre ellos, también se pueden destacar las oraciones condicionales (condena condicional: artículos 73 y 74 del Código Penal, liberación de un menor con el uso de medidas obligatorias de influencia educativa, parte 2 del artículo 92 del Código Penal); e incondicional (exención en virtud de los actos de amnistía y el indulto, artículos 84 y 85 del Código Penal, liberación de un menor sobre la base de la parte 3 del artículo 92 del Código Penal).
Tipos de exención del castigo penal
Se distinguen los siguientes tipos de exención condicional de la pena criminal:
- liberación anticipada condicional de cumplir una sentencia ;
- reemplazo de la parte no servida de la oración con una forma más leve de castigo ;
- posponer el cumplimiento de una sentencia ;
Y los tipos de liberación incondicional del castigo criminal: